El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por el exministro del Interior, Juan Santiváñez, quien intentaba detener las actuaciones del Ministerio Público en una investigación en su contra. El recurso cuestionaba diligencias fiscales que, según su defensa, podrían afectar su libertad personal y el debido proceso. El caso está vinculado a una pesquisa por presunto tráfico de influencias agravado en perjuicio del Estado.
Tribunal Constitucional y hábeas corpus en caso Juan Santiváñez
El máximo intérprete de la Constitución desestimó el recurso interpuesto contra la entonces fiscal de la Nación, Delia Espinoza, así como contra el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder.
La defensa del exministro alegaba una supuesta vulneración de los derechos a la libertad personal y al debido proceso penal en el marco de las investigaciones fiscales.
El hábeas corpus solicitaba la nulidad de diversas diligencias, entre ellas el requerimiento de allanamiento domiciliario, registros personales y vehiculares, incautación de bienes y el levantamiento del secreto de las comunicaciones.
Estas acciones forman parte de una investigación por el presunto delito de tráfico de influencias agravado en perjuicio del Estado.
Ministerio Público, diligencias fiscales y límites del hábeas corpus
En su resolución, el Tribunal Constitucional precisó que el Ministerio Público debe respetar el debido proceso y el principio de interdicción de la arbitrariedad. Sin embargo, remarcó que no tiene facultades para restringir directamente la libertad personal, ya que sus actuaciones son de carácter postulatorio y no decisorio.
El fallo establece que la restricción de derechos fundamentales como la libertad corresponde al Poder Judicial, dentro del marco de sus competencias.

