El Poder Judicial ha tomado una decisión importante en el juicio oral del caso ‘Cócteles’. Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, y otros involucrados fueron excluidos del delito de obstrucción a la justicia. Esta medida marca un importante giro en el proceso judicial que ha captado la atención del país.
Decisión del Poder Judicial y su respaldo en el Tribunal Constitucional
El Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, compuesto por los magistrados Juana Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias, emitió la resolución que deja sin efecto el auto que citaba a juicio oral a Keiko Fujimori y otros acusados. Esta decisión se fundamentó en una demanda de amparo presentada por el abogado Arsenio Oré Guardia, la cual fue declarada fundada por el Tribunal Constitucional.
El Poder Judicial decidió excluir a Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, del delito de obstrucción a la justicia, junto a otros implicados
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— Canal N (@canalN_) August 19, 2024
El fallo también ordenó anular los actos procesales realizados hasta la fecha en el juicio oral en cuestión, beneficiando a la lideresa de Fuerza Popular y otros procesados, entre los que se encuentran Vicente Silva Checa, Pierre Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Klimper, Adriana Tarazona e Ítalo Pachas.
Otros excluidos del proceso judicial
Además de Fujimori y los mencionados, la exclusión del delito de obstrucción a la justicia también alcanzó a Giulliana Loza, abogada de la excandidata presidencial, así como al abogado Arsenio Oré y un grupo de letrados que enfrentaban acusaciones similares. El partido político Fuerza Popular también fue retirado del juicio oral.
La magistrada Juana Caballero, en representación del colegiado, señaló que, en cumplimiento con lo dictado por el Tribunal Constitucional, se decidió dejar sin efecto las citaciones y actos procesales relacionados con Keiko Fujimori y otros procesados.