El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente una demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Martín Vizcarra, con la que se buscaba dejar sin efecto actuaciones judiciales vinculadas a la sentencia de 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado. El máximo intérprete de la Constitución determinó que las resoluciones cuestionadas no implican por sí mismas una restricción directa de la libertad personal, por lo que el recurso no cumplía con los requisitos legales para su procedencia.

Tribunal Constitucional rechaza hábeas corpus contra resoluciones previas a la condena

La demanda fue presentada el 24 de enero de 2025 por la ciudadana Julissa Ricopa Pacaya. En el recurso se solicitaba la nulidad del auto de enjuiciamiento emitido el 30 de abril de 2024 y del auto de citación a juicio oral del 4 de julio del mismo año.

El objetivo del hábeas corpus era anular lo actuado en el proceso judicial que culminó con la condena de 14 años de prisión contra el exmandatario por el caso vinculado a los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua.

Según la acción de garantía, dichas actuaciones habrían vulnerado derechos fundamentales como el debido proceso, la seguridad jurídica y el principio non bis in idem, que impide ser procesado o sancionado más de una vez por los mismos hechos.

TC precisa límites del hábeas corpus en procesos judiciales

El Tribunal Constitucional determinó que los autos de enjuiciamiento y citación a juicio oral no constituyen, por sí mismos, actos que restrinjan la libertad personal, por lo que no pueden ser cuestionados mediante este mecanismo constitucional.

En ese sentido, el colegiado señaló que la vía del hábeas corpus no resulta procedente cuando no existe una afectación directa a la libertad individual.

Asimismo, el TC precisó que la restricción efectiva de la libertad de Martín Vizcarra se materializa con la sentencia condenatoria emitida por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional el 26 de noviembre de 2025, la cual impuso 14 años de pena privativa de la libertad.

“Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedente”, concluyó el Tribunal en su resolución.

Condena de 14 años y situación actual de Martín Vizcarra

De acuerdo con la resolución, el fallo condenatorio que impuso la pena de 14 años de prisión constituye el acto que efectivamente determina la restricción de la libertad del exmandatario, más no las etapas previas del proceso judicial.

El Tribunal indicó que dicho fallo podría ser objeto de análisis en un eventual proceso constitucional, siempre que se cumplan los requisitos de firmeza establecidos por el ordenamiento jurídico.

Actualmente, el expresidente Martín Vizcarra cumple su condena en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate.

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