El Congreso de la República publicó la Ley 32269 en el Diario Oficial El Peruano, norma que establece que las dietas que reciben los regidores municipales equivaldrán al 30 % de la remuneración mensual del alcalde de cada jurisdicción. Esta medida alcanza a regidores de municipalidades provinciales y distritales en todo el país, incluida la región Piura.
De acuerdo con el nuevo marco legal, el monto se paga por asistencia efectiva a las sesiones del concejo municipal, y se descuenta en caso de inasistencia. Asimismo, se reajusta automáticamente en función de cualquier variación en la remuneración del alcalde. Estos reajustes deben ser publicados obligatoriamente, bajo responsabilidad administrativa.
Municipalidades que aún no hayan definido el monto de las dietas tendrán un plazo máximo de tres meses para adecuarse a esta norma. Además, queda prohibido el pago de devengados por dietas anteriores a la vigencia de la ley.
Dieta de regidores en Piura sube a S/994.50 por sesión
En cumplimiento de la nueva disposición, la Municipalidad Provincial de Piura actualizó oficialmente el monto de las dietas que perciben sus regidores, estableciendo que será de S/994.50 por sesión asistida, hasta un máximo de cuatro sesiones por mes, lo que representa un tope mensual de S/3,978.00.
Este monto se calcula en base al 30 % de la remuneración del alcalde de Piura, actualmente fijada en S/13,260.00 mensuales, según acuerdos municipales previos. Anteriormente, los regidores percibían S/787.50 por sesión, con un tope mensual de S/3,150.00.
La presidenta de la Comisión de Descentralización del Congreso, Ana Zegarra, señaló durante el debate legislativo que esta norma busca “criterios claros, justos y equitativos” para la fijación de dietas, ya que antes cada municipalidad establecía sus propios parámetros, generando desigualdades significativas entre municipios con características similares.