Una propuesta presentada por las congresistas Norma Yarrow y Patricia Chirinos, de la bancada Renovación Popular, plantea que el Estado peruano pueda disponer el cumplimiento de penas en centros penitenciarios de terceros países para personas extranjeras y nacionales condenadas por delitos graves.
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Según la iniciativa legislativa, el Perú deberá establecer y mantener convenios internacionales en materia penitenciaria con países comprometidos con la lucha contra el crimen organizado transnacional, con el objetivo de reforzar la cooperación internacional en justicia penal y seguridad.
Objetivos de la medida y delitos incluidos
El proyecto señala que la medida busca salvaguardar la seguridad ciudadana y el orden público, en concordancia con el artículo 44 de la Constitución Política del Perú. Además, busca descongestionar el sistema penitenciario nacional y optimizar el uso de los recursos públicos.
La norma sería aplicable a extranjeros y nacionales condenados mediante sentencia firme por delitos que afecten directamente la seguridad del Estado, la tranquilidad pública o la convivencia pacífica. Entre los delitos contemplados se incluyen:
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Terrorismo
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Tráfico ilícito de drogas
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Organización criminal
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Extorsión agravada
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Sicariato
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Trata de personas
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Lavado de activos
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Cualquier otro delito cuya reiteración represente una amenaza para el sistema penitenciario o el orden interno
Supervisión del cumplimiento y restricciones migratorias
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos será la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de los convenios penitenciarios gestionados y suscritos por el Estado peruano, velando porque los condenados trasladados cumplan íntegramente su condena conforme a la sentencia dictada por las autoridades judiciales peruanas.
La operatividad del traslado será coordinada por el Ministerio de Justicia, en conjunto con el Ministerio del Interior, la Superintendencia Nacional de Migraciones, el INPE y la Policía Nacional del Perú, cada uno dentro de sus respectivas competencias.
Finalmente, la iniciativa establece que los extranjeros trasladados fuera del país no podrán reingresar de forma permanente al territorio nacional, incluso si han cumplido la totalidad de su condena, por motivos de seguridad nacional, interés público y orden interno.