La Contraloría General de la República advirtió que los procedimientos implementados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para la inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones políticas no incluyen actividades de control que permitan comprobar la veracidad de la información entregada por los personeros legales, lo que podría permitir la persistencia de afiliaciones indebidas y afectar el proceso democrático.
Según el Informe de Control n.º 005-2025-OCI/0280-SOO, emitido el 16 de abril, la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) no cuenta con mecanismos normativos que delimiten la responsabilidad del personero legal en caso se detecte documentación falsa, como ocurre en algunos padrones de afiliación presentados para inscripción.
Reniec solo aplica técnica de cotejo de firmas, sin dictamen grafotécnico
Una de las principales observaciones se refiere a la verificación de firmas que realiza el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), entidad que colabora con el JNE mediante un convenio. Esta verificación se lleva a cabo utilizando la técnica de cotejo de firmas, método que compara gráficamente las firmas presentadas con las últimas registradas en la base de datos del Registro Único de Identificación de Personas Naturales (Rupin).
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No obstante, dicho cotejo no constituye un dictamen pericial grafotécnico, por lo que carece del valor técnico legal necesario para sustentar la autenticidad plena de las firmas. Si bien se declaran válidas aquellas que presentan similitudes gráficas relevantes, las diferencias pueden pasar inadvertidas sin un análisis pericial especializado.
Ciudadanos reportaron afiliaciones no autorizadas a nueve partidos políticos
Durante el servicio de control realizado los días 14 y 15 de abril de 2025, la Contraloría detectó que un grupo de ciudadanos presentó solicitudes de desafiliación ante el JNE tras ser incluidos sin consentimiento en padrones de afiliados de al menos nueve organizaciones políticas.
En paralelo, la Contraloría recordó que en septiembre de 2024 ya había emitido una alerta sobre debilidades similares. El Informe de Control n.º 030-2024-OCI/0280-SOO señaló que los procedimientos existentes para atender desafiliaciones tampoco incluyen mecanismos de fiscalización a las organizaciones políticas, lo que expone a riesgos a la integridad del sistema electoral.
El órgano de control notificó formalmente al titular del JNE sobre estas observaciones y estableció un plazo de cinco días hábiles para que informe al Órgano de Control Institucional (OCI) del JNE sobre las medidas que adoptará dentro de sus competencias.