La Comisión de Energía y Minas del Congreso analizará nuevamente la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), una medida clave para la pequeña minería y la minería artesanal. El predictamen propone extender el registro hasta el 2027, suspender procedimientos administrativos y ejecutar un censo nacional del sector. La iniciativa integra diversos proyectos de ley y busca ordenar las operaciones mineras a través de obligaciones técnicas y administrativas.
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Ampliación del REINFO y suspensión de procedimientos
El predictamen plantea extender el REINFO hasta el 31 de diciembre de 2027 o hasta la entrada en vigencia de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Incluye la suspensión temporal de la tramitación e inicio de los procedimientos administrativos de exclusión del registro, medidas actualmente establecidas en los Decretos Supremos 001-2020-EM y 018-2017-EM.
También se propone modificar los artículos 6 y 11 del Decreto Legislativo N.º 1293, que declara de interés nacional la formalización de la pequeña minería y la minería artesanal.
El predictamen incorpora, además, la reincorporación excepcional de personas naturales o jurídicas excluidas del REINFO según el Decreto Supremo N.º 012-2025-EM. Esta reincorporación se realizaría “siempre que acrediten el desarrollo efectivo de actividad minera y manifiesten formalmente su voluntad de cumplir con las obligaciones técnicas, ambientales y administrativas correspondientes”.
El Ministerio de Energía y Minas definirá los criterios técnicos y el procedimiento para evaluar reclamos o solicitudes mediante un Decreto Supremo.
Censo nacional y proceso de sinceramiento
La iniciativa legislativa propone un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET). El censo deberá iniciarse dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley que ampliaría el REINFO y culminar en un plazo máximo de 12 meses.
Asimismo, los titulares inscritos en el registro deberán realizar “un proceso obligatorio de sinceramiento de la ubicación real de sus operaciones” mediante la Ventanilla Única de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, con un plazo máximo de 120 días.
El predictamen recoge aportes de los proyectos de ley 11871/2024-CR, 12727/2025-CR, 12871/2025-CR y 12973/2025-CR, de los legisladores Roberto Sánchez, Guido Bellido, Wilsón Quispe, Pasión Dávila y Paul Gutiérrez. Según el presidente de la Comisión de Energía y Minas, Víctor Cutipa, esta versión contiene variaciones respecto a la propuesta debatida la semana anterior.

