El Ejecutivo promulgó este sábado, 10 de mayo, la ley para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal. Su oficialización quedó plasmada en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, con la firma de la presidenta Dina Boluarte.
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Oficializan imputabilidad de menores de 16 y 17 años
Esta ley modifica el Código Penal Decreto Legislativo 635 y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes Decreto Legislativo 1348 para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del Sistema Penal.
Además, se establece que estos adolescentes lleven dicho proceso bajo responsabilidad penal ordinaria. Esto implica la posibilidad de recibir una condena con penas similares a las de los adultos, aunque con una eventual reducción prudencial en la pena, según lo contempla el artículo 22 del mismo código.
En el ámbito penitenciario, se modifica el régimen de tratamiento para los jóvenes de 16 a 21 años. Esto permite que se les interne bajo un sistema de individualización científica.
Esto incluye, además, programas personalizados de rehabilitación que consideran factores psicológicos, sociales y educativos. De este modo, se busca lograr su reinserción social.
La ley también ordena la separación estricta de adolescentes de 16 a 21 años respecto de adultos mayores en los centros penitenciarios. Asimismo, fija penas de internamiento de hasta ocho años para adolescentes entre 14 y 16 años que cometan delitos especialmente graves como terrorismo o violación seguida de muerte.
Implementación en 60 días
La norma entra en vigor tras su publicación y da un plazo de 60 días para que el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el INPE adecúen sus reglamentos y emitan la normativa adicional necesaria para su implementación.
La presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, firmaron dicha norma.