La Cámara de Senadores aprobó otorgar facultades legislativas al Poder Ejecutivo por un plazo de 90 días para adoptar medidas en materia de seguridad ciudadana y frente al fenómeno El Niño. La autorización comprende 27 puntos específicos que delimitan los temas sobre los cuales el Gobierno podrá emitir decretos legislativos. Las disposiciones incluyen cambios normativos vinculados con la criminalidad, el sistema penitenciario, la atención de emergencias, el financiamiento agrario y la ejecución de obras de infraestructura.
Seguridad ciudadana: los cambios que podrá aprobar el Ejecutivo
En materia de seguridad ciudadana, el Ejecutivo podrá legislar sobre 12 puntos específicos. Entre ellos se encuentran la regulación migratoria de ciudadanos extranjeros, el fortalecimiento de los mecanismos de identificación y geolocalización de celulares, y la modificación de las normas sobre armas de fuego, municiones y explosivos.
La autorización también contempla la reforma del Sistema Penitenciario Nacional y la modernización del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como la participación de las Fuerzas Armadas en la seguridad externa de los establecimientos penitenciarios.
Asimismo, el Gobierno podrá establecer medidas relacionadas con los delitos de sicariato y extorsión, la lucha contra la delincuencia, la criminalidad organizada y los mercados ilícitos.
Otro de los puntos autorizados comprende la modificación del Código Procesal Penal para fortalecer la respuesta penal frente a delitos como extorsión, sicariato, secuestro, criminalidad organizada y actividades de bandas criminales.
Fenómeno El Niño: medidas de prevención y atención de emergencias
En materia de prevención, atención, respuesta y reactivación frente al fenómeno El Niño, el Poder Ejecutivo podrá emitir normas sobre 15 puntos específicos.
Entre las medidas autorizadas figura la posibilidad de que el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) entregue directamente bienes de ayuda humanitaria durante los 15 días calendario posteriores a una emergencia.
También se contempla facilitar el acceso a créditos, garantías, seguros y otros instrumentos de financiamiento para la actividad agraria. Además, el Ejecutivo podrá establecer disposiciones para que, en los proyectos de asociación público-privada, el inversionista elabore estudios técnicos, así como adoptar medidas que faciliten la ejecución de obras de infraestructura.
La delegación incluye la creación de un régimen registral especial y simplificado para proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS). Asimismo, comprende modificaciones a la legislación sobre el Bono Familiar Habitacional y a las normas que exoneran de requisitos a familias damnificadas cuyas viviendas hayan colapsado.
Otro ámbito de intervención corresponde a la ley que establece medidas para garantizar el acceso universal al agua potable y al saneamiento mediante soluciones tecnológicas no convencionales de carácter temporal en viviendas de interés social.
Límites a las facultades legislativas del Ejecutivo
Las disposiciones transitorias establecen que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo no podrán afectar la autonomía ni las competencias del Poder Legislativo, los gobiernos regionales y locales, ni de los organismos constitucionales autónomos.
De igual manera, las normas deberán respetar los derechos fundamentales y no interferir en los procesos judiciales que se encuentren en trámite.
En materia presupuestaria, las habilitaciones y modificaciones que sean necesarias para implementar las medidas delegadas deberán tramitarse conforme a la Ley de Presupuesto. Los recursos económicos requeridos serán financiados con cargo al presupuesto aprobado para cada sector.
¿Cuándo entrará en vigor la delegación de facultades?
La ley entrará en vigor después de su promulgación y publicación en el apartado de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. A partir de entonces, el Ejecutivo podrá emitir decretos legislativos sobre los 27 puntos autorizados en materia de seguridad ciudadana y fenómeno El Niño.
Además, los titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros y de los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Desarrollo Agrario y Riego, Interior, Defensa, Vivienda, Construcción y Saneamiento, y Economía y Finanzas deberán informar a la Comisión de Constitución del Senado sobre los avances en la implementación de las medidas.
Este reporte deberá presentarse dentro de los 60 días calendario, según lo establecido en las disposiciones de la delegación legislativa.

