El Ministerio de Educación (Minedu) definió los nuevos montos del sueldo docente para el año 2026, tras la actualización de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM). Este ajuste se aplica desde el inicio del año fiscal y alcanza tanto a los profesores nombrados de la Carrera Pública Magisterial como a los docentes contratados en las distintas modalidades del sistema educativo.
Sueldo docente 2026 para la Carrera Pública Magisterial
En el 2026, los docentes nombrados perciben su remuneración mensual en función de la escala magisterial alcanzada mediante los procesos de ascenso y de la jornada laboral asignada, que puede ser de 30 o 40 horas semanales. La escala magisterial vigente mantiene ocho niveles, cada uno asociado a un porcentaje específico de la RIM.
Para una jornada de 30 horas semanales, los sueldos mensuales parten desde S/ 3.500,70 en la primera escala y alcanzan los S/ 7.351,47 en la octava escala. En el caso de la jornada de 40 horas, las remuneraciones se incrementan de manera proporcional, iniciando en S/ 4.667,60 para la primera escala y llegando hasta S/ 9.801,96 en la octava.
Esta estructura salarial busca reconocer el desarrollo profesional del docente dentro de la carrera y la mayor carga horaria asumida.
Remuneración de profesores contratados en 2026 según el Minedu
Para los docentes contratados, el Minedu estableció que la remuneración mensual se fija tomando como referencia el monto correspondiente a la primera escala magisterial. Este pago se aplica a profesores de educación inicial, primaria y secundaria, así como a las distintas modalidades de la educación básica y técnico-productiva.
El ministerio precisó que estos montos corresponden al sueldo base y se abonan de forma íntegra desde el primer mes del año fiscal, de acuerdo con la normativa vigente.
Beneficios y pagos adicionales para docentes en 2026
Además de la remuneración base, los docentes pueden acceder a beneficios y asignaciones complementarias, siempre que cumplan los criterios establecidos por el Minedu. Entre ellos se encuentra la asignación por tiempo de servicios, otorgada al cumplir 25 y 30 años de labor, calculada sobre la RIM correspondiente a la escala del docente.
Asimismo, se consideran el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios al momento del cese, equivalente al 100 % de la remuneración por cada año de servicios oficiales. A estos beneficios se suman asignaciones por desempeño de cargos directivos o jerárquicos, jornada laboral adicional y condiciones específicas de la institución educativa, como ubicación rural, zonas de frontera o áreas de atención prioritaria, de acuerdo con las disposiciones emitidas anualmente por el Ministerio de Educación.

