La Defensoría del Pueblo del Perú presentó una medida cautelar excepcional ante el Tribunal Constitucional (TC) para suspender de forma inmediata los efectos de la Ley 32330, norma que incorpora a adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables en el sistema penal. Esta solicitud se realizó de manera paralela a la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra dicha ley.
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La norma, promulgada por el Gobierno el 11 de mayo de 2025, modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para declarar imputables a menores de edad entre 16 y 17 años que cometan delitos como sicariato, extorsión, homicidio calificado y violación sexual, entre otros considerados de alta gravedad.
Argumentos constitucionales y tratados internacionales
En el texto de la demanda, la Defensoría del Pueblo sostiene que la Ley 32330 es incompatible con diversos tratados internacionales ratificados por el Estado peruano, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También hace referencia a la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, que establece la primacía de los tratados sobre derechos humanos en el ordenamiento jurídico interno.
La institución advierte que la aplicación de la ley podría producir una «afectación inminente e irreparable» a los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes. Por ello, solicitó al TC la suspensión inmediata de la norma mientras se resuelve el fondo del proceso constitucional.
Rechazo institucional a la nueva ley
La promulgación de la Ley 32330 ha generado reacciones en distintos sectores del sistema de justicia. Tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial expresaron su rechazo a la normativa, considerando sus posibles impactos en el tratamiento legal de los adolescentes y su alineación con los compromisos internacionales asumidos por el país.