El Poder Ejecutivo oficializó la Ley N° 32145, que permite a médicos y personal de salud especializado ocupar doble empleo remunerado en el sector público. Esta reforma constitucional, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, busca reforzar el sistema de salud en el país y ampliar el acceso a servicios especializados para todos los peruanos.
Modificación del artículo 40° de la Constitución
La Ley N° 32145 modifica el artículo 40° de la Constitución y autoriza a médicos y profesionales especializados de salud a desempeñar un segundo cargo público en servicios de salud, además de sus funciones en otra entidad pública. Esta excepción a la norma general, que prohíbe a los funcionarios públicos ejercer más de un cargo remunerado, aplica también para quienes realizan funciones docentes.
Además, esta reforma define los derechos y obligaciones de los servidores públicos, sin afectar a aquellos que ocupan cargos de confianza o políticos. En ese sentido, el párrafo primero del artículo 40° fue modificado, y el segundo, derogado.
Impacto en el sistema de salud y beneficios para el personal especializado
La aplicación de esta ley permitirá a los establecimientos de salud en todo el país contratar a personal médico y asistencial especializado, independientemente de si estos profesionales ya ejercen en otra entidad pública. Esta medida busca no solo mejorar la atención médica en zonas que carecen de especialistas, sino también optimizar el uso de recursos humanos en salud pública.