El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Pedro Castillo, mediante la cual se buscaba anular el procedimiento de vacancia presidencial aprobado por el Congreso, disponer su libertad y ordenar su restitución en el cargo de presidente de la República.
La resolución responde al recurso presentado el 10 de marzo de 2025 por el ciudadano José Ponce Quispe, quien argumentó una presunta vulneración de los derechos a la libertad e integridad personal del exmandatario. El colegiado concluyó que los cuestionamientos formulados no guardan una relación directa con la protección de derechos fundamentales tutelados a través del proceso de hábeas corpus.
Tribunal Constitucional rechaza cuestionamientos al proceso de vacancia presidencial
La demanda sostenía que el acuerdo parlamentario que declaró la vacancia presidencial de Pedro Castillo, tras el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, resultaba inconstitucional. Según el recurso, el procedimiento llevado a cabo por el Congreso no habría cumplido con la exigencia de obtener 104 votos, conforme a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento del Congreso vigente en ese momento.
Asimismo, se argumentó que el caso no se encontraba dentro de los supuestos previstos en el artículo 117 de la Constitución Política del Perú para acusar a un presidente en ejercicio. La demanda también señalaba que el mensaje a la Nación emitido por Castillo Terrones no llegó a configurar un peligro concreto para el Estado y que no se le otorgó la posibilidad de rectificar sus declaraciones.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional determinó, en la sentencia a la que tuvo acceso RPP, que los cuestionamientos planteados sobre el procedimiento de vacancia presidencial no tienen una relación «directa, concreta y negativa» con la afectación del derecho a la libertad personal ni con otros derechos conexos cuya protección corresponde al proceso constitucional de hábeas corpus.
Tribunal Constitucional ratifica precedente sobre la vacancia de Pedro Castillo
El colegiado recordó además que, en una sentencia previa, ya había establecido que el Congreso actuó con «legítima celeridad» al declarar la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral, en un contexto excepcional y con el objetivo de preservar el orden constitucional tras los acontecimientos ocurridos el 7 de diciembre de 2022.
La decisión del Tribunal Constitucional se produce mientras el expresidente enfrenta diversos procesos judiciales. El 4 de diciembre de 2025, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Pedro Castillo a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión tras declararlo culpable del delito de conspiración para la rebelión por el fallido golpe de Estado.
Adicionalmente, el exmandatario cumple una medida de prisión preventiva mientras es investigado por los presuntos delitos de organización criminal y otros ilícitos, en el marco de las investigaciones relacionadas con los casos PetroPerú, Puente Tarata y el Ministerio de Vivienda.









