El diputado Javier Castro Cruz, de Fuerza Popular, presentó una iniciativa legislativa que propone fortalecer la aplicación de la prisión preventiva en casos de flagrancia delictiva grave u organizada. La propuesta plantea incorporar el artículo 268-C al Código Procesal Penal con el objetivo de establecer reglas específicas para estos casos y facilitar una respuesta procesal inmediata frente a delitos cuya pena supere los cinco años o que hayan sido cometidos en el marco de una organización criminal.
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¿Qué plantea la propuesta sobre la prisión preventiva?
La iniciativa busca modificar el Código Procesal Penal, aprobado mediante el Decreto Legislativo 957, mediante la incorporación del artículo 268-C, referido específicamente a la prisión preventiva en casos de flagrancia delictiva grave u organizada.
Según el proyecto, el juez de la investigación preparatoria podrá dictar prisión preventiva, a solicitud motivada del Ministerio Público, cuando se cumplan determinados requisitos.
El primero establece que deben existir fundados y graves elementos de convicción que permitan estimar razonablemente la comisión de un delito y vinculen al imputado como autor o partícipe.
El segundo requisito contempla que la persona haya sido intervenida en flagrancia por la presunta comisión de delitos cometidos en el marco de una organización criminal o por delitos cuya sanción sea superior a cinco años de pena privativa de libertad.
La propuesta señala que el plazo de la prisión preventiva se regirá por las reglas generales establecidas en el artículo 272 del Código Procesal Penal.
Audiencia de prisión preventiva sería inaplazable
El proyecto también establece un plazo específico para la evaluación judicial del requerimiento fiscal.
De acuerdo con el texto planteado, dentro de un máximo de 48 horas desde que el juez reciba el requerimiento del Ministerio Público, deberá convocarse a una audiencia de prisión preventiva.
Esta audiencia tendría carácter inaplazable, según la iniciativa legislativa.
El planteamiento busca establecer un procedimiento específico para los casos en los que la detención se produce en flagrancia y existe una presunta comisión de delitos considerados graves o relacionados con organizaciones criminales.
¿Cuál es el argumento del proyecto de ley?
En la parte considerativa, el diputado Javier Castro Cruz sostiene que el actual marco de coerción personal presenta dificultades para sustentar determinados requerimientos de prisión preventiva dentro de plazos breves.
La propuesta señala que el artículo 268 del Código Procesal Penal exige acreditar elementos relacionados con la comisión del delito y otros presupuestos para imponer esta medida.
«En la práctica, la dificultad para sustentar en plazos brevísimos el peligro de fuga u obstaculización para sujetos capturados ‘con las manos en la masa’ genera interpretaciones disímiles en sede judicial. Ello deriva en la imposición recurrente de medidas de comparecencia restringida, permitiendo la pronta liberación de delincuentes de alta peligrosidad que reinciden de forma inmediata, amedrentan a las víctimas, destruyen elementos probatorios o se dan a la fuga», indica la propuesta.
Propuesta busca reforzar la persecución del delito
La iniciativa sostiene que la incorporación de esta figura permitiría proporcionar herramientas procesales a la Policía Nacional del Perú y al Ministerio Público para actuar frente a determinados casos de flagrancia, dentro del marco del Estado Constitucional de Derecho.
Entre sus objetivos se encuentra fortalecer la función persecutoria del delito, garantizar la sujeción del imputado al proceso penal y preservar la efectividad de las investigaciones.
La propuesta legislativa deberá continuar con el procedimiento correspondiente en el Congreso antes de determinarse si el nuevo artículo 268-C será incorporado al Código Procesal Penal.










