Recientemente, el Congreso de la República publicó la norma que modifica la Ley Universitaria, Ley 30220, para establecer el carácter permanente de la educación superior a distancia. Esta decisión, oficializada a través de la Ley N.° 32105, busca afianzar el acceso a esta modalidad educativa y trae consigo importantes cambios para las universidades del país.

Modificaciones en la educación a distancia

La nueva ley define la educación a distancia como aquella que permite la interacción entre estudiantes y docentes, ya sea de forma simultánea o diferida, utilizando tecnologías de información y comunicación (TIC) certificadas. Esta modalidad podrá cubrir hasta el 100% de los créditos académicos, excepto para programas que requieran prácticas presenciales.

Las universidades deberán implementar diversas medidas para garantizar la calidad de la educación a distancia:

  • Plataforma de gestión académica virtual: Herramientas que faciliten la interacción continua entre docentes y estudiantes.
  • Estándares de calidad para TIC: Normas que aseguren el uso efectivo y seguro de las tecnologías.
  • Capacitación continua: Programas para formar a los docentes en el uso de las TIC y métodos pedagógicos virtuales.
  • Evaluación de satisfacción: Encuestas periódicas para evaluar la efectividad de esta modalidad.

Restricciones para algunas carreras

No todas las carreras podrán ofrecerse completamente a distancia. Aquellas que requieran prácticas presenciales deberán cumplir con normativas específicas. Los departamentos académicos deberán:

  • Listado de carreras con requerimiento presencial: Enviar un listado de materias que necesiten componentes presenciales al titular de la universidad para su aprobación y solicitud de autorización a la Sunedu.
  • Regulación de componentes presenciales: Normativas que detallen los requisitos de infraestructura y equipamiento necesarios.
  • Supervisión de componentes presenciales: Inspecciones regulares por parte de la Sunedu para asegurar la calidad de la formación práctica.

Cambios en el proceso de licenciamiento

La Sunedu sigue siendo la entidad responsable del licenciamiento universitario, un proceso destinado a verificar que las instituciones cumplan con las condiciones básicas de calidad. Las modificaciones indican que esta autorización será permanente, pero las universidades deberán demostrar constantemente su cumplimiento con los estándares requeridos.

Las herramientas establecidas para que la Sunedu cumpla su función incluyen:

  • Plataforma de monitoreo y evaluación continua: Supervisión constante de la calidad educativa y el uso de recursos públicos.
  • Auditorías públicas: Verificaciones cada tres años para asegurar el cumplimiento de las normativas.
  • Sistema de alerta temprana: Identificación de posibles incumplimientos en las universidades.
  • Informe anual de cumplimiento: Reportes detallados sobre la calidad educativa y el uso de recursos.
  • Sanciones y correctivos: Medidas disciplinarias para las instituciones que no cumplan con las normas establecidas.

La postura de Sunedu

En marzo de 2024, la Sunedu se pronunció en contra de permitir carreras 100% virtuales. La Resolución del Consejo Directivo 00006-2024-SUNEDU/CD establece que las universidades deben asegurar una formación integral que incluya componentes presenciales. El superintendente Manuel Castillo Venegas explicó que esta medida busca garantizar que los estudiantes desarrollen habilidades prácticas y sociales, fundamentales para su desarrollo personal y profesional.

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