La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) anunció el inicio del pago de la compensación económica para los ciudadanos que participaron como miembros de mesa en las Elecciones Generales 2026 en Perú. El monto establecido es de S/ 165, equivalente al 3 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), y puede cobrarse desde el 28 de abril. El proceso contempla distintas modalidades de pago, incluyendo depósitos bancarios, billeteras digitales y cobro presencial en el Banco de la Nación.
ONPE inicia pago a miembros de mesa de Elecciones Generales 2026
La ONPE informó que los ciudadanos que ejercieron como miembros de mesa y eligieron modalidades de pago como depósito en cuenta o billetera digital podrán acceder a la compensación económica desde el 28 de abril.
En caso de rechazos por parte de entidades bancarias, el cobro deberá realizarse de forma presencial en el Banco de la Nación.
Los conceptos de abono varían según la entidad financiera: BCP registra el pago como “MOVILIDAD”, BBVA como “A/TR OFICINA NACIONAL DE PROCE”, Scotiabank como “Tbk-pagos varios” y Banco de la Nación como “ABONO/CARGO POR REGULARIZACION”.
Modalidades de pago y cronograma en el Banco de la Nación
La ONPE detalló que los miembros de mesa que optaron por cobro presencial o aquellos que no registraron una modalidad de pago podrán realizar el cobro en el Banco de la Nación.
Este proceso estará disponible desde el miércoles 29 de abril hasta el 31 de diciembre del presente año, según lo establecido por el organismo electoral.
Las opciones habilitadas para el registro de pago incluyeron depósito en cuentas de ahorro de distintos bancos, cobro presencial en agencias del Banco de la Nación y uso de la billetera digital Yape.
Registro y condiciones para acceder a la compensación económica
Para acceder al beneficio, la ONPE habilitó una plataforma donde los ciudadanos debían seleccionar su modalidad de pago. En caso de no haberse registrado, el cobro deberá realizarse obligatoriamente de forma presencial en el Banco de la Nación.
La entidad recordó que el cargo de miembro de mesa, tanto titular como suplente, es obligatorio e irrenunciable, salvo excepciones contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859).
Asimismo, los ciudadanos que no cumplieron con la función recibirán una multa de S/ 275, según lo establecido en la normativa electoral vigente.









