El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) estableció el 14 de marzo de 2026 como la fecha límite para que las empresas concesionarias de electricidad retiren el cableado aéreo en mal estado o en desuso en zonas urbanas. La medida se encuentra enmarcada en lo dispuesto por la Ley N.º 31595 y su respectivo reglamento.

La entidad, adscrita al Ministerio del Ambiente, recordó que a partir de esa fecha podrá iniciar procedimientos administrativos sancionadores en caso se detecten incumplimientos. Las multas podrían oscilar entre 5 y 20 UIT, según lo establecido en la normativa vigente.

El OEFA informó que, de forma paralela, su Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM) ejecutó acciones de supervisión en distintas regiones del país para verificar el avance del retiro del cableado eléctrico que se encuentra fuera de uso o deteriorado.

Asimismo, la entidad exhortó a todas las empresas concesionarias del servicio eléctrico a cumplir con la legislación, a fin de prevenir riesgos para la ciudadanía y evitar sanciones por incumplimiento de sus obligaciones ambientales.

La lista completa de las empresas concesionarias sujetas a esta disposición está disponible en el portal institucional del OEFA.

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