Todos sueñan con poder adquirir su casa propia. Pero esto es un reto por el dinero que se tiene que ahorrar para dar el primer paso y adquirir una vivienda.

Es así que, desde el año 2016 con la Ley N° 30478 y disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) se permite usar la cuarta parte del fondo previsional de la AFP en la compra de una primera vivienda.

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¿Quiénes reciben este beneficio?

Todos los afiliados a la AFP reciben el beneficio de disponer de hasta el 25% de su fondo acumulado en la cuenta individual de capitalización (CIC) para pagar la cuota inicial de la compra de una primera vivienda, siempre que se trate de un crédito hipotecario, según la SBS.

Además, este beneficio también sirve para amortizar un crédito hipotecario que se destinó para la compra de un inmueble. Cabe indicar que la ley del retiro del 25% de la AFP no aplica para la refacción, remodelación, aplicación, mejoramiento o subdivisión de un inmueble, ni para la consolidación de deuda hipotecaria.

¿Cuáles son los requisitos?

De esta manera, para poder acceder a este beneficio del 25% de tu fondo, los afiliados a la AFP deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • No ser, ni haber sido propietario de un inmueble adquirido a título personal.
  • No ser, ni haber sido propietario de un inmueble bajo un régimen de sociedades de gananciales.
  • No ser, ni haber sido copropietario, en 50% o un porcentaje mayor, de un inmueble inscrito o inscribible en el Registro de Predios de la Sunarp.
  • No ser titular, de modo individual o bajo un régimen de sociedad de gananciales, de un crédito hipotecario o tener la condición de codeudor sobre la base del 50% o un porcentaje mayor, de un inmueble inscrito o inscribible en el Registro de Predios de la Sunarp.

¿Qué pasos debo seguir para solicitar el beneficio de la AFP?

Lo primero que se debe realizar el afiliado es conocer el valor exacto de su fondo de pensiones. Luego podrá seguir los siguientes pasos:

1.- Solicitud del afiliado ante la entidad financiera:

El afiliado se acerca a la entidad financiera y solicita el crédito hipotecario.

La entidad financiera se encarga de evaluar la solicitud y revisar si el afiliado cumple con los requisitos de ley (presentación del documento de Reporte de Búsqueda de Índices de Propiedad Inmueble – Sunarp).

Si se aprueba la solicitud, la entidad financiera le entregará el “Documento de Preconformidad”

2.- Solicitud del afiliado a la AFP

Con el “Documento de Preconformidad”, el afiliado solicita a la AFP la disposición de un porcentaje del fondo de pensiones (hasta 25%).

La AFP evaluará la solicitud y, de ser favorable, enviará a la entidad financiera una “Comunicación de procedencia”, en un plazo 10 días útiles.

3.- Disposición del monto de la AFP

Con la aprobación del crédito hipotecario para la compra o amortización de la primera vivienda, la AFP efectúa el desembolso del monto aprobado directamente a la entidad financiera en un plazo de 10 días útiles.

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