La Fiscalía de la Nación archivó la denuncia contra Dina Boluarte por el aumento de sueldo presidencial, al determinar que no existía mérito para formular una acusación constitucional. La decisión incluye a sus exministros de Estado y se sustenta en la revisión del procedimiento administrativo y el marco legal vigente. El caso, vinculado al incremento de la remuneración presidencial en 2025, fue evaluado bajo normas del servicio civil y disposiciones presupuestales aplicables en el Perú.
Fiscalía descarta irregularidades en aumento de sueldo presidencial
El fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, resolvió que no se acreditaron elementos suficientes para sustentar una denuncia constitucional contra la expresidenta Dina Boluarte y su gabinete. La disposición incluyó el archivo de la investigación y la anulación del registro informático del caso.
La denuncia había sido presentada por el Comité Ejecutivo Nacional del partido Voces del Pueblo, que alegaba presuntos delitos de negociación incompatible y aprovechamiento indebido del cargo. Según el recurso, el incremento vulneraba la Ley N.º 28212, que fija límites a la remuneración presidencial.
No obstante, la fiscalía concluyó que el proceso administrativo cumplió con los procedimientos establecidos y que la normativa invocada no resultaba aplicable en este caso específico.
Marco legal y procedimiento del aumento salarial en 2025
El incremento del sueldo presidencial se formalizó el 4 de julio de 2025 mediante el Decreto Supremo 136-2025-EF, que elevó la remuneración de 15,600 a 35,568 soles mensuales. Este documento fue suscrito por la entonces mandataria y el exministro de Economía, Raúl Pérez Reyes.
De acuerdo con la investigación, el trámite se inició en marzo de 2024 con un oficio del Despacho Presidencial dirigido a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), lo que, según el fiscal, descarta una presunta celeridad indebida.
La resolución señala que el procedimiento se desarrolló bajo la Ley N.º 30057 del Servicio Civil y que el Congreso estableció excepciones a la Ley N.º 28212 a través de la Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2025.
Asimismo, las declaraciones de funcionarios de SERVIR y del Ministerio de Economía coincidieron en que el proceso se realizó conforme a informes técnicos y legales, sin evidencias de irregularidad.
Investigación a exministros y posición de la defensa
Respecto a los exministros involucrados, la fiscalía indicó que no se identificaron indicios de una actuación deliberada para favorecer a la expresidenta. Según la resolución, los funcionarios actuaron en el marco de sus competencias y con sustento técnico previo.
El fiscal Gálvez precisó que no se acreditó un interés ilícito en la valorización del cargo presidencial. Añadió que, aunque podría existir un beneficio económico, este elemento no resulta suficiente para configurar responsabilidad penal.
Por su parte, el abogado defensor Juan Carlos Portugal se pronunció sobre la decisión a través de su cuenta en la red social X:
“¡Caso sueldo presidencial archivado! Para denuncias como estas, es suficiente una indagación previa para determinar la ausencia de materialidad penal. Los caprichos personales no son fuente de investigación penal”, escribió.









