El bono por escolaridad 2026 ya cuenta con disposiciones reglamentarias oficiales publicadas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Este beneficio económico, que alcanza hasta los 400 soles, está dirigido a trabajadores y pensionistas del sector público y se otorgará por única vez. La medida busca apoyar los gastos asociados al inicio del año escolar y se abonará principalmente en la planilla de pagos de enero de 2026, según lo establecido en el Decreto Supremo N.º 002-2026-EF.
¿Quiénes reciben el bono por escolaridad 2026 según el MEF?
De acuerdo con la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el bono por escolaridad para trabajadores públicos se otorga a una amplia lista de funcionarios y servidores del Estado. Entre los beneficiarios se encuentran los trabajadores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 276, la Ley N.º 29944 y la Ley N.º 30512, así como docentes universitarios comprendidos en la Ley N.º 30220.
También acceden al beneficio el personal de salud regulado por el Decreto Legislativo N.º 1153, los obreros permanentes y eventuales del sector público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y los servidores penitenciarios conforme a la Ley N.º 29709. Asimismo, están incluidos los pensionistas a cargo del Estado bajo diversos regímenes legales y los trabajadores del sector público sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Fecha de pago y monto del bono por escolaridad 2026
Según el Decreto Supremo N.º 002-2026-EF, el monto del bono por escolaridad asciende hasta S/ 400 y se paga por única vez. Para la mayoría de trabajadores del sector público, el abono se realizará en la planilla de pagos de enero de 2026.
En el caso específico de los profesores contratados y auxiliares de educación comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944), el pago del bono por escolaridad se efectuará en la planilla de junio de 2026, también por única vez.
Requisitos para acceder al bono por escolaridad
La norma establece condiciones específicas para acceder al bono por escolaridad 2026. El personal beneficiado debe encontrarse realizando labores efectivas a la fecha de entrada en vigencia de la norma, o estar en descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios conforme a la Ley N.º 26790.
Asimismo, se exige una antigüedad mínima de tres meses en el servicio. En caso de no cumplir con este periodo, el bono se abonará de manera proporcional a los meses y días efectivamente laborados. El dispositivo legal también precisa que los trabajadores activos y pensionistas del Estado solo pueden percibir este beneficio en una única entidad pública, la cual será aquella que otorgue el mayor ingreso mensual.
Aspectos que no afectan al bono por escolaridad
El decreto supremo precisa que el bono por escolaridad no está sujeto a descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones. Además, este beneficio no constituye base de cálculo para reajustes de remuneraciones, bonificaciones, beneficios u otros conceptos pensionarios.
Finalmente, el MEF queda facultado para emitir disposiciones complementarias que aseguren la correcta aplicación de esta medida económica.









