El Congreso de la República resolvió suspender los beneficios otorgados al expresidente Ollanta Humala, luego de que fuera sentenciado a 15 años de prisión efectiva por el delito de lavado de activos agravado. La decisión fue adoptada en la 38.ª sesión de la Mesa Directiva, realizada el 20 de mayo.

La medida se sustenta en la Resolución 104 del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, emitida el 29 de abril de 2025, en la que se halló a Humala culpable en calidad de coautor del delito. El Parlamento hizo uso de su facultad para revocar apoyos brindados “a título de liberalidad” en casos en los que una exautoridad se ve comprometida en procesos judiciales graves.

Beneficios suspendidos por decisión del Congreso

Los beneficios cancelados al exmandatario incluyen el préstamo de un vehículo, la asignación mensual de combustible y la designación de personal contratado bajo el régimen CAS. Estos apoyos fueron otorgados anteriormente conforme al Acuerdo 078-2016-2017/MESA-CR, que autoriza a la Mesa Directiva a conceder o retirar recursos logísticos de forma discrecional.

La decisión fue respaldada por informes técnicos del Departamento de Recursos Humanos y del Área de Asesoría Jurídica del Congreso, quienes validaron la legalidad de la suspensión ante la condena emitida por el Poder Judicial.

Antecedente en la gestión de beneficios a exautoridades

Aunque en años previos el Parlamento aplicó criterios similares, esta es la primera vez que se retiran formalmente beneficios logísticos y de personal a un expresidente con sentencia de prisión efectiva. El caso marca un precedente en la evaluación del acceso a apoyos institucionales para exmandatarios con condenas judiciales firmes.

Sentencia por lavado de activos en campañas electorales

El 29 de abril de 2025, el Poder Judicial sentenció al expresidente Ollanta Humala y a su esposa Nadine Heredia a 15 años de prisión efectiva, al ser encontrados culpables como coautores del delito de lavado de activos agravado. El caso está relacionado con los aportes económicos a las campañas electorales del 2006 y 2011. La sentencia fue dictada por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional.

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Comunicador social formado académicamente en la Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO). Redactor de temas de actualidad y tendencias.

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