El Indecopi sancionó en primera instancia al Banco BBVA Perú con una multa superior a S/ 1.5 millones por realizar llamadas telefónicas con fines comerciales sin el consentimiento previo de los consumidores. La medida fue adoptada tras una investigación que evidenció comunicaciones publicitarias no autorizadas, consideradas una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor. El caso se suma a otros procedimientos iniciados contra diversas empresas del sector financiero y de telecomunicaciones por prácticas similares.

Indecopi sanciona al BBVA por llamadas publicitarias sin autorización

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3) del Indecopi dispuso sancionar al Banco BBVA Perú con una multa de 279.50 UIT, equivalente a S/ 1,537,250, por efectuar llamadas comerciales sin contar con el consentimiento previo, informado y expreso de los usuarios.
La decisión se adoptó luego de una investigación realizada por la Dirección de Fiscalización, que analizó una muestra de 1,130 comunicaciones telefónicas con contenido publicitario dirigidas a consumidores de la entidad bancaria.

Según informó el organismo, esta conducta vulnera el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual prohíbe el uso de llamadas, mensajes de texto o comunicaciones electrónicas con fines publicitarios cuando el consumidor no ha otorgado una autorización clara e inequívoca, debido a que estas prácticas pueden afectar su libertad de elección.

Procedimientos sancionadores por llamadas comerciales sin consentimiento

Bajo la competencia de la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3, el Indecopi inició procedimientos sancionadores contra diversas empresas por presuntas llamadas comerciales sin consentimiento. Entre ellas se encuentran el Banco de Crédito del Perú, Scotiabank Perú, Santander Consumer Bank, Oncosalud, Interseguro Compañía de Seguros, el Banco Internacional del Perú (Interbank) y América Móvil Perú (Claro).
Adicionalmente, se abrió un procedimiento contra Integratel Perú (Movistar) por no entregar información requerida por la autoridad durante el proceso de fiscalización.

Sanciones previas y situación administrativa del caso BBVA

El Indecopi también detalló que, durante el año 2025, la Comisión sancionó a Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros y a Rímac Seguros por realizar llamadas comerciales sin consentimiento, así como a Entel Perú por no proporcionar información solicitada en investigaciones relacionadas con posibles llamadas spam.
En el caso del BBVA Perú, la entidad precisó que la resolución emitida por la CC3 no pone fin a la vía administrativa. La sanción puede ser apelada ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, dentro del plazo legal establecido.

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