El feriado por el Día del Trabajo 2026 en Perú, que se conmemora el viernes 1 de mayo, dará paso a un fin de semana largo para gran parte de la población. Al coincidir con sábado y domingo, esta fecha permitirá tres días consecutivos de descanso, según el calendario oficial de feriados nacionales. La jornada está regulada por el Decreto Legislativo 713, que establece el derecho al descanso remunerado en el sector público y privado, además de condiciones específicas en caso de trabajo durante el feriado.
Feriado del 1 de mayo en Perú: Día del Trabajo y descanso obligatorio
El 1 de mayo está reconocido como feriado nacional por el Día del Trabajo, una fecha en la que se suspenden las actividades laborales y académicas en todo el país.
De acuerdo con la normativa vigente, este día es de descanso remunerado obligatorio, tanto para trabajadores del sector público como del sector privado.
En 2026, al caer viernes, el feriado se une al sábado 2 y domingo 3 de mayo, generando un fin de semana largo que permite la planificación de viajes, descanso o actividades personales.
Feriados en Perú 2026 y calendario oficial
El calendario de feriados nacionales en Perú contempla varias fechas distribuidas a lo largo del año, entre las que destacan:
- Mayo: 1 de mayo – Día del Trabajo
- Junio: 7 de junio – Batalla de Arica y Día de la Bandera; 29 de junio – San Pedro y San Pablo
- Julio: 23 de julio – Día de la Fuerza Aérea del Perú; 28 y 29 de julio – Fiestas Patrias
- Agosto: 6 de agosto – Batalla de Junín; 30 de agosto – Santa Rosa de Lima
- Octubre: 8 de octubre – Combate de Angamos
- Noviembre: 1 de noviembre – Día de Todos los Santos
- Diciembre: 8 de diciembre – Inmaculada Concepción; 9 de diciembre – Batalla de Ayacucho; 25 de diciembre – Navidad
Estos feriados forman parte del calendario oficial establecido por el Estado peruano para el año 2026.
Trabajo en feriado en Perú: pago y condiciones laborales
El Decreto Legislativo N.° 713 establece que los trabajadores que laboren durante un feriado sin descanso sustitutorio deben recibir una remuneración adicional.
En estos casos, corresponde el pago del día feriado más una sobretasa del 100 % sobre la remuneración diaria. El incumplimiento de esta obligación puede ser sancionado como infracción laboral grave.
Si existe un acuerdo para laborar en feriado con descanso posterior, no corresponde pago adicional, ya que el descanso es compensado en otra fecha.









