La acusación constitucional contra Pedro Castillo y Willy Huerta vuelve a la agenda legislativa. La Comisión Permanente del Congreso debatirá el informe final que propone sanciones por su presunta participación en el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. Este proceso ha generado un fuerte interés público debido a las implicancias legales, los artículos constitucionales presuntamente vulnerados y la posibilidad de inhabilitación para ejercer función pública, lo que marca un nuevo capítulo en la revisión de responsabilidades políticas y penales.

Denuncias constitucionales contra Pedro Castillo y Willy Huerta

La Comisión Permanente del Congreso debatirá este martes 25, a las 09:00 horas, el informe final de las denuncias constitucionales que plantea acusar, por infracción a la Carta Magna, al expresidente Pedro Castillo Terrones y al exministro del Interior Willy Huerta Oliva por el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.

El documento recomienda, además, imponerles la sanción de inhabilitación para ejercer función pública por diez años, la máxima prevista en la Constitución.

Se trata de las denuncias constitucionales 547 y 575, presentadas por los congresistas Alejandro Muñante Barrios (RP) y Alejandro Cavero Alva (Avanza País), respectivamente, y aprobadas por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales el 7 de noviembre.

El informe final concluye acusar a Castillo por infringir diversos artículos de la Constitución, entre ellos los referidos a la libertad personal, deberes ciudadanos, organización del Estado y límites del poder Ejecutivo. En el caso de Huerta Oliva, se le atribuye la vulneración de artículos vinculados a la legalidad, función pública y responsabilidades del Ministerio del Interior.

Acusaciones contra fiscales supremos y alcance jurídico

La agenda incluye, además, el informe final de la denuncia constitucional 528, que propone acusar al exfiscal de la Nación interino Juan Carlos Villena Campana y a los fiscales supremos Pablo Sánchez Velarde, Zoraida Ávalos Rivera y Delia Espinoza Valenzuela por infracción de los artículos 38, 103, 109, 159 (numerales 1 y 4) y 166 de la Constitución. El informe recomienda igualmente su inhabilitación por diez años.

El artículo 89, inciso k, del Reglamento del Congreso garantiza que, durante todas las etapas del procedimiento de acusación constitucional, los denunciados pueden ser asistidos o representados por un abogado, con el fin de asegurar su derecho a la defensa.

Asimismo, si la Comisión Permanente aprueba la acusación, será el Consejo Directivo el encargado de definir la fecha, hora y reglas para su debate en el Pleno del Congreso, otorgándole prioridad en la agenda legislativa.

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